Contrato de Prestación de Servicios que celebra por una parte ADMNISTRADORA DE CORRESPONSALES, SAPI DE CV (en lo sucesivo “PagaTodo”) y por otra parte la persona física y/o moral cuyos datos se señalan en la carátula del presente Contrato (en lo sucesivo el “Concesionario”) y/o (conjuntamente con PagaTodo las “Partes”), se someten al tenor de las siguientes declaraciones y cláusula:

ANTECEDENTES 

Primero: Que fue firmado con CEMEX SAB, DE CV (CEMEX MEXICO) un contrato de servicios de i)Programas de Lealtad, ii) Beneficios; iii) Desarrollo Aplicaciones Móviles; iv) Monedero Electrónico; v) Trabajos de Integración de Sistemas, que en su conjunto denominaron como programa CONSTRUGANAS, mismo que se presta a través de la operación de la Plataforma Transaccional Electrónica, realizando la implementación, procesamiento, switcheo o ruteo, autorización y operación de los Servicios SNP (Sistemas de Negocio PagaTodo) en los distintos Puntos de Venta autorizados por CEMEX MEXICO. Estos Puntos de Venta autorizados son los Concesionarios Construrama que decidan sumarse a CONSTRUGANAS mediante la firma del presente documento.

Segundo: Que el Concesionario firmó con CEMEX MEXICO un CONTRATO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE LEALTAD DENOMINADO CONSTRUGANAS (en adelante el Contrato de Ejecución) donde se adhiere al programa CONSTRUGANAS y que en dicho documento se le explican las bases y procedimientos donde se desprende la necesidad de firmar el presente contrato.

 DECLARACIÓN DE LAS PARTES

I. Declaran las partes, a través de su representante, en el supuesto que sean Sociedades legalmente constituidas, que están debidamente facultadas o en el supuesto de personas físicas por su propio derecho, manifiestan su voluntad para realizar todos y cada uno de los actos que resulten necesarios para el cumplimiento del Objeto del presente Contrato, contando con plena capacidad para celebrarlo, a efecto de contratar los servicios con las comisiones que se describen en el Anexo del presente Contrato, sin que medie dolo, mala fe o error en la celebración del mismo.

CLÁUSULAS 

Primera. Objeto.- Establecer los términos y condiciones para que el Concesionario se sume al proyecto CONSTRUGANAS y realice las operaciones disponibles a través del dispositivo o medio electrónico que le sea asignado  en su momento, en lo sucesivo entendidos conjuntamente como los “Dispositivos”, cuyas características se señalan en los respectivos anexos que de tiempo en tiempo se vayan agregando al presente contrato conforme a las distintas operaciones que elija el Concesionario de los dispositivos.

Segunda. Obligaciones del Concesionario.- Independientemente al resto de las obligaciones contraídas mediante el presente Contrato, el Concesionario se obliga ante PagaTodo a:

  1. Garantizar el resguardo de la información, claves o passwords para el acceso a los Dispositivos, (en lo sucesivo las “Passwords”) conservándolos en un lugar seguro obligándose a resguardarla, revelándolas únicamente a las personas que autorice el Concesionario.
  2. No hacer uso de los Dispositivos de una forma distinta a la naturaleza de los mismos de acuerdo a las capacitaciones que en su momento PagaTodo le imparte, realzando única y exclusivamente las transacciones de los servicios contemplados en el programa CONSTRUGANAS y su Contrato de Ejecución, en éste contrato o bien los servicios que se puedan incluir de tiempo en tiempo como Anexo A PAT2.3, o sucesivos, previo su aceptación (en lo sucesivo las “Transacciones”).
  3. Pagar en tiempo y forma el importe de las cantidades que le resulten aplicables en términos de la cláusula sexta del presente Contrato y Contrato de Ejecución en la(s) cuenta(s) bancaria(s) que  PagaTodo le indique.

Tercera. Obligaciones del PagaTodo.- Independientemente al resto de las obligaciones contraídas mediante el presente Contrato, PagaTodo se obliga ante el Concesionario a:

  1. Dar acceso al Concesionario mediante el  Dispositivo para que pueda realizar las Transacciones, con la condicionante que el Concesionario se encuentre al corriente en sus obligaciones conforme al Contrato de Ejecución, el presente contrato y su anexo.
  2. Llevar a cabo la compensación y liquidación de las Transacciones realizadas en los Dispositivos.
  3. Depositar en tiempo y forma las cantidades correspondientes, en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del Concesionario, o en cualquier otra que le notifique el Concesionario previamente a PagaTodo con el consentimiento de CEMEX MEXICO.
  4. Dar soporte técnico para solucionar posibles problemas técnicos u operativos que el dispositivo llegare a presentar.

Cuarta. Número de Concesionario y Contraseña.- El Concesionario se hace responsable por los Passwords a los Dispositivos, mismas que serán proporcionadas por “PagaTodo”. El Concesionario será responsable de todas las transacciones realizadas, aun cuando hayan sido realizadas si su consentimiento o por personas ajenas al Concesionario y deberá de abstenerse de conceder a un tercero no autorizado el uso de los Dispositivos bajo cualquier circunstancia.  

Quinta. Contraprestación y Liquidación.- El Concesionario deberá de depositar a PagaTodo el importe total de los montos, que se hayan transaccionado en el transcurso de la semana por los servicios señalados en el presente contrato y Anexo, mismas que podrán consistir en operaciones en los Dispositivos de acumulación de dinero electrónico del programa Construganas. Además, si el concesionario desea utilizar servicios adicionales de PagaTodo, señalados en al Anexo A-PAT2-2.3  y que podrán consistir en compra-venta de tiempo de telefonía celular, así como pago de servicios, entre otros servicios que estén disponible en el Dispositivo, se compromete a depositar el importe total a PagaTodo El concesionario deberá depositar a PagaTodo en la (s) cuenta(s) bancaria(s) de PagaTodo, las cuales se estipulan en el presente Contrato o aquellas que de tiempo en tiempo especifique PagaTodo y CEMEX MEXICO, el importe total de las transacciones que haya realizado en el transcurso de la semana. El importe a depositar por el Concesionario se dará a conocer a través del Dispositivo o mediante el estado de cuenta publicado en la página web del Concesionario.

El importe a pagar por el Concesionario se compensa con sus saldos a favor, por tanto si el Concesionario tiene saldo en contra, deberá liquidarlo a PagaTodo, mientras que si el Concesionario tiene saldo a favor PagaTodo depositará en la cuenta indicada por el Concesionario el monto correspondiente.

El Concesionario deberá depositar y conciliar con PagaTodo el importe de su saldo en contra los días lunes antes de las 14:00 (catorce horas de la Ciudad de México), en caso de ser este día inhábil se recorrerá al día hábil inmediato siguiente y deberá informar a PagaTodo los datos del depósito para que sea correcto y oportunamente registrado. En pagos realizados en el banco se deberá registrar el depósito en la pagina web que de tiempo en tiempo le indique PagaTodo, en caso de transferencia electrónica (SPEI) deberán enviar un correo electrónico con el comprobante de depósito al correo electrónico que en su momento le indique PagaTodo.

El corte del monto a pagar por el Concesionario se realizará semanalmente los domingos a las 23:59:59 (veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos y cincuenta y nueve segundos de la Ciudad de México), sin importar si es día hábil o inhábil. Los pagos que realice el Concesionario en los términos establecidos en este Contrato, serán aplicados en el siguiente orden: (i) al saldo vencido y no cubierto en tiempo; (ii) al saldo vigente. 

Cuando el Concesionario tenga saldo a favor en el mismo corte, PagaTodo se compromete a depositarlo el día lunes antes de las 17:00 (diecisiete horas de las Ciudad de México) teniendo como plazo máximo el miércoles antes de las 17:00 (diecisiete horas de la Ciudad de México), el concesionario podrá revisar si tiene saldo a favor en su estado de cuenta de la página web.

Sexta. Suspensión, Bloqueo y Reactivación.-   En caso de que el Concesionario no realice le pago del importe total de los montos transaccionados en el transcurso de la semana por cada categoría en el día y horario señalado en la cláusula sexta, se suspenderá el servicio de las operaciones a partir del día del incumplimiento. 

PagaTodo estará facultado para bloquear el servicio y el uso del Dispositivo en los siguientes casos (i) Por robo o extravío del dispositivo (en caso de que aplique), (ii) Presentar saldo vencido, (iii) Por terminación del Contrato (iv) Por cualquier otro motivo que a criterio de PagaTodo afecte la operación correcta del Dispositivo, (v) Por instrucción de CEMEX MEXICO y (vi) Por terminar el Contrato de Ejecución. Posterior a la liquidación del adeudo y al registro de dicho pago en el dispositivo, PagaTodo reactivará el servicio del dispositivo en un lapso máximo de 300 minutos. 

Séptima. Privacidad de Datos Personales.- El Concesionario otorga en este acto su consentimiento para que PagaTodo puede utilizar todos los datos personales que recabó en la carátula del presente Contrato, para el cumplimiento de sus obligaciones del presente y para los demás fines que se encuentran asentados en el presente instrumento y se le informa que PagaTodo, ha implementado las medidas necesarias a efecto de que el Concesionario pueda en todo momento ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición (“ARCO”) de sus datos personales y el tratamiento de los mismos se hará conforme a lo establecido en el Aviso de Privacidad que se pone a disposición en la dirección electrónica www.pagatodo.com

 

Octava. Modificación.- PagaTodo podrá modificar el presente Contrato y Anexo que lo integran, siempre y cuando dichas modificaciones se hayan aceptado y revisado previamente con CEMEX MEXICO, siendo obligación del Concesionario revisar el sitio web que le indicará en su momento PagaTodo para entender y aceptar las obligaciones contenidas en el presente Contrato, en el entendido que al momento que el Concesionario realice las transacciones bajo las nuevas obligaciones se entenderá por aceptados los mismo. En caso de que el Concesionario no acepte las nuevas condiciones, podrá informarle a PagaTodo y dar por terminado el Contrato mediante la notificación que le envíe a CEMEX MÉXICO, debiendo el Concesionario cubrir el total de los adeudos. 

Novena. Vigencia.- El presente Contrato tendrá una vigencia de 12 (doce) meses, contados a partir de su publicación en el sitio web, estando obligado el Concesionario a revisar periódicamente su portal. Se considerará automáticamente renovado por periodos adicionales de 12 (doce) meses sin necesidad de que las partes suscriban documento alguno para acordar dicha renovación. El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por cualquiera de las partes si i) CEMEX MEXICO ha terminado el Contrato de Ejecución con el Concesionario y ii) si ha terminado el contrato que tiene con PagaTodo con CEMEX MEXICO motivo del presente documento la terminación será mediante notificación con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha programada para la terminación del plazo inicial o del último plazo renovado.

Décima. Terminación.- Con independencia de la cláusula anterior, el Concesionario, podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento previo aviso por escrito con 30 (treinta) días naturales de anticipación, sin que genere ninguna penalización o comisión, siempre y cuando no presente ningún adeudo a PagaTodo, en su caso PagaTodo le comunicará al Concesionario el importe de los adeudos que tenga pendientes de liquidar. El Concesionario deberá abstenerse de utilizar el dispositivo, subsistiendo las demás obligaciones que resulten aplicables del presente Contrato y su Anexo.

Décima Primera. Cesión.- Queda expresamente prohibida a las Partes ceder, transferir, gravar, ni subcontratar total o parcialmente los derechos y obligaciones del presente contrato, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte, salvo para cesiones que se lleven a cabo entre las afiliadas, subsidiarias , filiales de PagaTodo, en cuyo caso bastará con dar aviso de dicha cesión (Aviso de Cesión) con 15 (quince) días hábiles de anticipación a la fecha efectiva en que se realice la cesión y transmisión.

Décima Segunda. Caso Fortuito o Fuerza Mayor.- Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causas que deriven de un Evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, debiéndose dar aviso a las Partes en un plazo de 15 (quince) días naturales, después de que dicha causa sobrevenga. Sin perjuicio de lo antes señalado, las partes convienen en que cualquier Evento de Caos Fortuito o Fuerza Mayor no liberará a las partes de las obligaciones de pago a las Contraprestaciones que ya se hubiesen devengado y facturado anteriormente al evento.

Décima Tercera. Domicilio y Notificaciones.- Para cualquier notificación relativa al presente Contrato, PagaTodo señala como su domicilio el ubicado en Boulevard Manuel Ávila Camacho No. 66 Colonia Lomas de Chapultepec, CP 11000, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y por su parte el Concesionario señala como su domicilio el descrito en la carátula del Contrato. Las partes se acuerdan que cualquier aviso que se haga por escrito plenamente válido, por lo que el Concesionario acepta que cualquier notificación que le sea efectuada a través del sitio web que en su momento le indique Pagatodo, por lo que se reconoce como efectivamente realizada.

Décima Cuarta. Programa de Lealtad.- Para la comercialización de los diversos productos y servicios que el Concesionario pone a la venta a sus clientes dentro del programa de CONSTRUGANAS, acuerda con PagaTodo a través del presente Contrato, que otorgarán beneficios a sus clientes, dicho beneficio será un porcentaje de sus ventas a los miembros registrados en Construganas en un monedero electrónico (ni de crédito, ni débito, no es canjeable por dinero en efectivo) que será de uso exclusivo para acumular dinero electrónico de compras realizadas y canjearlos por premios, y que podrá redimir o utilizar esos beneficios en el establecimiento del Concesionario o en cualquiera de la red que integra el programa Construganas (pago parcial o total de la compra), debiendo el Concesionario depositar esos beneficios acumulados en la cuenta bancaria de PagaTodo que se señala en los documentos que forman parte del contrato y que de tiempo en tiempo podrá cambiar informándole al Concesionario por cualquiera de los medios acordados, cubriendo el total del monto  acuerdo a las condiciones establecidas en este contrato y en el Contrato de Ejecución que tiene celebrado con CEMEX MEXICO para estos efectos. En ningún caso se podrán acumular en el monedero electrónico un monto mayor equivalente a 625 cuotas de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, en los últimos 6 (seis) meses.

Décima Quinta. El Concesionario se obliga a efectuar los pagos que deriven del CONTRATO en cualquiera de las siguientes cuentas a nombre de ADMINISTRADORA DE CORRESPONSALES, SAPI DE CV

BANCO

CUENTA

SUCURSAL

CLABE

BBVA Bancomer

0195 5386 29

0095

0121 8000 1955 3862 94

Banamex, S.A Institución de Banca Múltiple 

9448 0228 21

700

0021 8070 0814 8961 94

Banorte

0255 1302 42

2034

0721 8000 2551 3024 20

Santander

65 50507668-7

5814

0141 8065 5050 7668 75

PagaTodo

1000 0043 361

 

1481 8010 0000 4336 18

Referencia Número de Agente

 

PagaTodo International S.A.P.I. de C.V., entidad que presta los servicios mencionados en el Anexo del presente contrato, emitirá las facturas correspondientes a dichos servicios y reconocerá el pago de las mismas que realicen los Concesionarios en las cuentas bancarias antes mencionadas.

Los pagos recibidos en esta cuenta serán reconocidos por la sociedad PagaTodo International, SAPI de CV, entidad que presta los servicios y emite la factura al Concesionario.

 

Décima Octava. Jurisdicción y Competencia.- El presente Contrato se regirá por e interpretará de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Las Partes se someten, de manera expresa e irrevocable, a los tribunales competentes de la Ciudad de México , por lo que se refiere a los asuntos que surjan de o se refieran al presente y convienen que todas las reclamaciones referentes a cualquier acción o procedimiento podrán oírse y determinarse en lo mencionados en los tribunales. Las Partes renuncian a cualquier jurisdicción o fuero que les pudiera corresponder por virtud de su lugar de residencia o domicilio, presente o futuro.

Se aceptan todos y cada uno de los Términos establecidos en el presente documento en la fecha que aparece en la Solicitud de Afiliación.

 

 

 

A-PAT2.3

Anexo al Contrato de Prestación de Servicios que celebran por una parte ADMINISTRADORA DE CORRESPONSALES, SAPI DE CV (En lo sucesivo PagaTodo), y por otra el CONCESIONARIO cuyos datos se señalan en la carátula del presente Contrato (en lo sucesivo el Concesionario), y/o (conjuntamente con PagaTodo las “Partes”) al tenor de los siguientes términos y condiciones.

 

  1. Categorías de los Servicios 

 

1 Tiempo Aire PagaTodo (Telcel, Movistar, AT&T, Unefon, Maz Tiempo y Virgi Mobile ).- La persona moral y/o entidad legal designada por PagaTodo (compañía autorizada) para la comercialización de Tiempo Aire de telefonía celular de las marcas Telcel, Movistar, AT&T, Unefon, Maz Tiempo y Virgi Mobile (Tiempo Aire PagaTodo), y el Concesionario, acuerdan a través del presente Anexo, que el Concesionario compra minutos de telefonía celular de la marcas Tiempo Aire PagaTodo que serán realizadas, por medio de las Transacciones a través de Dispositivo que PagaTodo le asigne. El Concesionario a su vez podrá vender a sus clientes el Tiempo Aire PagaTodo y PagaTodo liquidará por cuenta y orden del Concesionario el importe de dichas Transacciones a la compañía autorizada, y por su parte el Concesionario liquidará a PagaTodo el importe de las mismas, las cuales incluyen el impuesto al valor agregado.

 

Contraprestación.- Dentro del periodo semanal el Concesionario se obliga a depositar a PagaTodo el importe total de los abonos que reciba de los Usuarios por la Venta de Tiempo Aire, menos un  porcentaje por comisión del 4.5% (cuatro punto cinco por ciento) a la cuenta bancaria de PagaTodo que se señala en el presente Contrato.

 

1.2. Datos de las Marcas Telcel y Movistar.- La persona moral y/o entidad lega designada por PagaTodo (compañía autorizada), para la comercialización de Datos de las marcas Telcel y/o  Movistar (Datos PagaTodo)  y el Concesionario, acuerdan a través del presente Anexo, que el Concesionario compra datos de las marcas Datos PagaTodo que serán realizadas, por medio de las Transacciones a través de Dispositivo que PagaTodo le asigne. El Concesionario a su vez podrá vender a sus clientes los Datos PagaTodo y PagaTodo liquidará por cuenta y orden del Concesionario el importe de dichas Transacciones a la compañía autorizada, y por su parte el Concesionario liquidará a PagaTodo el importe de las mismas, las cuales incluyen el impuesto al valor agregado.

 

Contraprestación.- Dentro del periodo semanal el Concesionario se obliga a depositar a PagaTodo el importe total de los abonos que reciba de los Usuarios por los Datos PagaTodo, menos un  porcentaje por comisión del 4.5% (cuatro punto cinco por ciento) a la cuenta bancaria de PagaTodo que se señala en el presente Contrato.   

 

2 Recepción de Pago de Servicios. La compañía, personal moral y/o entidad legal designada por PagaTodo (compañía autorizada) para la Recepción de Pago de Servicios acuerdan a través del presente Anexo, que el Concesionario reciba, las cantidad de dinero en moneda nacional, de los importes que los clientes le indiquen (el Principal) más la comisión que cobrará el Concesionario al Cliente por el servicio de recepción del pago. Dicha comisión será dividida al 50% entre el Concesionario y PagaTodo.

 

Contraprestación.- Para una Transacción de Pago de Servicios la comisión cobrada al cliente será de $10.00 (diez pesos 00/100 MN) IVA Incluido, la Concesionario le corresponde el 50% y el otro 50% se pagará a PagaTodo.

 

3 Envío de SMS y Suministros.- El Concesionario podrá solicitar envío de SMS a sus clientes para promociones, redenciones, solicitud de incrementos de visitas o recuperación que se entiende como mensajes de fidelidad para clientes, reconociendo que el costo será el que en su momento le indique PagTodo

 

Asimismo, el Concesionario independiente de los monederos que le entregue PagaTodo o CEMEX, podrá solicitar monederos extras los mismos que tendrán un costo que en su momento le indicará PagaTodo.

 

El Concesionario reconoce que el cobro de estos servicios se realizarán de manera mensual con cargo en el cupo del Concesionario  y se le enviaran las facturas respectivas.

 

4 Queja.- El Concesionario deberá tomar las acciones necesarias para subsanar las quejas que en su caso llegue a recibir “PagaTodo”, sobre la atención a Clientes del Concesionario, y subsanar dentro de los siguientes 2 (dos) días hábiles y prestar siempre la mejora calidad de servicio.

 

5.Facturación.- Las Partes acuerdan que la facturación correspondiente a las Transacciones mencionadas en este Anexo y/o cualquier otro servicio adicional, deberá ser a través de PagaTodo International S.A.P.I. de C.V., entidad que presta directamente los servicios a los Concesionarios y pertenece al mismo grupo empresarial que Administradora de Corresponsales, S.A.P.I. de C.V.

 

Las Partes acuerdan que la facturación correspondiente a las Transacciones y/o cualquier otro servicios  que sean susceptibles a ser facturadas podrá ser emitida por la empresa “PagaTodo” y/o PagaTodo International, SAPI de CV, sociedades pertenecientes al mismo Grupo empresarial.

 

 

PagaTodo International S.A.P.I. de C.V., entidad que presta los servicios mencionados en este Anexo, emitirá las facturas correspondientes a dichos servicios y reconocerá el pago de las mismas que realicen los Concesionarios en las cuentas bancarias antes mencionadas.

 

En esta acto PagaTodo International, SAPI de CV, reconoce que los pagos que realice “El Concesionario” por los servicios facturados por la sociedad antes mencionada en la cuenta de Administradora de Corresponsales, SAPI de CV, serán reconocidos como si fueran realizados a la cuenta de PagaTodo International, SAPI de CV.

 

 

Asimismo, el Concesionario podrá solicitar su factura electrónica correspondiente a las Transacciones que sean susceptibles a ser facturadas y que deriven del Contrato, el presente Anexo y aquellas emitidas por los Proveedores de Servicios a partir del día martes de cada semana, una vez concluido el periodo de facturación el cual comprende de lunes a domingo.

Estas podrán ser enviadas por correo electrónico a la dirección que el Concesionario haya manifestado a PagaTodo, correspondiente al mes inmediato anterior.

PagaTodo y el Concesionario está de acuerdo que este anexo no forma parte del programa CONSTRUGANAS por lo que éste es exclusivamente relación entre ellos, dejando fuera CEMEX MEXICO de cualquier responsabilidad.

El Concesionario acepta que los presentes Términos le serán aplicables al momento de su publicación, estando de acuerdo que en caso de continuar realizando transacciones está de acuerdo